Sobre la destitución del Ayuntamiento de Almansa durante el directorio militar de Primo de Rivera. | Miguel Primo de Rivera y Urbaneja (Jerez de la Frontera, 8-01-1870—París, 16-03-1930). Militar español que gobernó como dictador entre 1923 y 1930. Durante este periodo llegó a ostentar los cargos de Alto comisario de España en Marruecos y Ministro de Estado.
Directorio militar de Primo de Rivera
El Directorio Militar de Miguel Primo de Rivera, constituye la primera etapa del dictador, instaurada en España durante el reinado de Alfonso XIII, dándosele dicho nombre, por estar integrados en el gobierno de la nación, exclusivamente por militares que, bajo la presidencia de Miguel Primo de Rivera, debían de asesorarle en las funciones de gobierno y en la promulgación de decretos que tendrían fuerza de ley.
Las cortes, que habían sido disueltas en abril de 1923, fueron clausuradas, y los ayuntamientos democráticos de toda España disueltos, tal como lo recoge el R.D. (Real Decreto) de fecha 30 de septiembre de 1923.
Por el mencionado R. D. quedaban disueltos todos los Ayuntamientos de España; los Concejales fueron sustituidos por Vocales Asociados designados por el Gobierno entre los que se debía elegir al alcalde por votación secreta entre ellos. Dichos cargos recayeron en la mayoría de las ciudades por un militar o por un hombre afecto al ejército y al nuevo régimen dictatorial.
Durante los últimos meses de 1923 y los primeros de 1924, se distribuyeron por todo el país 2.400 delegados militares para supervisar, en una atmósfera de pánico entre los funcionarios del antiguo régimen, la sustitución de los ayuntamientos por otros nuevos, mucho más complacientes.
El nombramiento de estos delegados se había realizado por el plazo de un año, pero al finales de 1924, con un Estado Municipal nuevo y con la Unión Patriótica organizándose con personal civil, la tarea del delegado gubernativo fue perdiendo importancia, hasta quedar convertido en un nuevo apéndice administrativo de los Gobernadores Civiles.
Destitución del Ayuntamiento de Almansa con Primo de Rivera
La destitución del Ayuntamiento de Almansa con arreglo a lo dispuesto en el Real Decreto de fecha 30 de septiembre de 1923, queda recogido en el los Libros Capitulares, sesión Extraordinaria del día 2 de octubre de 1923, que dice así:
Presidente>: D. ángel Molina Galano (Capitán de la Guardia Civil)
Concejales salientes: Sebastián Huertas =Juan Martínez= Luis Gálvis= Pascual Blanco= Victoriano López= Manuel Manzanera= Salvador Cuenca= Juan Hernández= Fernando Sempere= Fidel de la Horra= Miguel Fernández= Pascual Maestre.
Nuevos Concejales: Constantino Sánchez Martínez,= Diego Cuenca Villaescusa= Salvador Parra Vicente= Antonio Ruano Navalón= Gerónimo Cuenca Sáez= Antonio Zoroa Tomás= Sebastián Ferrero Huertas= Pedro Sánchez López= José Sánchez Mejías= Luis Pastor Martínez= Manuel Andrés Real= Ricardo Marco Callado= Pascual Martínez Villaescusa= Ricardo López García= José López Ibáñez y Hermenegildo Baeza Milán.
En el Salón Consistorial de la Ciudad de Almansa, a dos de octubre de mil novecientos veintitrés, Siendo la hora de las diez, se reunieron previa convocatoria al efecto y bajo la presidencia de D. Ángel Molina Galano, Capitán de la Guardia Civil de esta ciudad y los Señores Concejales que arriba se expresan, al objeto de dar cumplimiento al R.D. (Real Decreto), fecha 30 de septiembre último, d ela Presidencia del Directorio Militar, disolviendo todos los ayuntamiento de España, cuyos Concejales serán sustituidos por los Vocales Asociados de los mismas.
Abierta la Sesión de orden del Sr. Presidente, yo el Secretario di lectura íntegra del mencionado R.D., y en su cumplimiento, cesan en sus funciones los Concejales de este Ayuntamiento.
El Sr. Alcalde saliente D. Sebastián Huertas expone:
Que considerando conveniente a los intereses públicos el nuevo poder constituido, ratificada su adhesión al mismo y se hallaba a disposición incondicional a las autoridades para sí lo creen oportuno, procedan a la investigación de su gestión en la Alcaldía.
Acto seguido salen del Salón de Sesiones los Señores que finalizan en su cometido, y penetran previa convocatoria al efecto, los Señores Vocales Asociados que arriba se expresan, y de orden de la Presidencia, se da lectura al referido R.D. y quedan posesionados de los cargos de Concejales bajo la Presidencia e intervención de la Autoridad Militar antes mencionada.
Seguidamente, se suspendió la sesión durante diez minutos para que los nuevos Concejales, libremente cambiaran impresiones para la elección de cargos, y reanudada la sesión, se procedió de conformidad en los prevenido en el mencionado R.D., y con arreglo a la Ley Municipal vigente, en votación secreta y con todas las formalidades legales, a la elección de Alcalde-Presidente de éste Ayuntamiento.
Terminada la votación y practicado el escrutinio por el señor Capitán de la guardia Civil, presidente de este acto, resultó elegido Don Constantino Sánchez Martínez, por dieciséis votos. Y resultando que entre los Vocales Asociados, no existe ninguno con título profesional, aparece legalmente elegido el designado, que es industrial, Impresor y de la lista de los mayores contribuyentes con voto para la elección de Compromisarios de Senadores;
Y siendo diez y ocho el número de concejales que corresponde a este Ayuntamiento, habiendo tomada parte diez y seis votantes, por no haberse posesionado dos de ellos que se hallaban ausentes, resulta elegido por la totalidad de los votantes, y en su virtud, fue proclamado para el cargo de Alcalde, quedando posesionado y recibiendo las insignias correspondientes.
Enseguida y uno por uno, también en votación secreta y con idénticas formalidades legales, se procede a la elección de los demás cargos concejiles, obteniéndose el resultado siguiente:
–Para Primer Teniente de alcalde D. Antonio Ruano Navalón.
–Para Segundo Teniente de alcalde. D. Salvador Parra Vicente.
–Para tercer Teniente de Alcalde. D. Antonio Zoroa Tomás.
–Para cuarto Teniente de Alcalde. D. José Sánchez Mejías.
–Para Síndico. D. Hermenegildo Baeza Milán
–Para suplente. D. Ricardo Marco Collado.
–Para Regidor-Interventor. D. Diego Cuenca Villaescusa.
Todos ellos por diez y seis votos fueron proclamados y posesionados en sus respectivos cargos.
En cumplimiento del artículo 57 de la Ley Municipal, por unanimidad, se designó que, desde la semana siguiente se verifiquen las sesiones ordinarias en primera convocatoria los miércoles y hora de las diez, y las supletorias o de segunda convocatoria los viernes a dicha hora.
Seguidamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo del Real Decreto de 30 de septiembre último y de los artículos 64 y siguientes de la Ley Municipal, se resuelve que sean seis el número de Secciones en que se divide la población para la designación de vocales Asociados y que sean tres los designados en cada una de las secciones, las cuales se forman por los contribuyentes comprendidos en todas las calles, organizadas éstas por orden alfabético, poniendo a continuación las del extrarradio, y estableciéndose en cada sección, un número aproximadamente igual de contribuyentes; y al efecto, se trae sobre la mesa el repartimiento general para sufragar las cargas municipales, y verificado el sorteo por el Señor Capitán de la guardia Civil, y previo toque de confianza y con todas las formalidades legales, resultaron elegidos para constituir la Junta Municipal en unión del Ayuntamiento, los vocales Asociados siguientes por orden de secciones:
–Joaquín Tomás Cerdán, Miguel Ruano Callado, José Tomás Martínez, Miguel vizcaíno Marín, Antonio Delicado López, Vicente Abellán Gíl, Francisco Albertos Gil, Martín Cruzado García, Antonio de Vés Arráez, José Navalón Cuenca, José Semper Tortosa, Bernardo Casabuena Díez, Miguel Mejías Vizcaíno, José Milán Collado, Pedro Martínez Gascón, Antonio Molina Quintero, Pascual Piqueras Cebrián, Pancracio Arráez Tomás.
Acto seguido se acordó que los Señores Alcalde e Interventor entrantes, con la intervención del Sr. Capitán de la guardia Civil, procedan a incautarse de la Caja Municipal, levantando acta de Arqueo Extraordinario y de la total situación del Ayuntamiento anterior.
Y habiéndose cumplimentado lo prevenido en el repetido R.D., se levantó la sesión, extendiéndose la presente acta de que yo el Secretario certifico.
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