Vecina de Almansa consigue la indemnización de Vueling, una aerolínea internacional, gracias a la labor de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). | En estas festividades navideñas, es cada vez más común que las familias opten por aprovechar el periodo vacacional para explorar destinos más allá de nuestras fronteras. No obstante, las tan anheladas vacaciones pueden transformarse en una pesadilla si las aerolíneas no cumplen con sus programaciones de vuelos, resultando en retrasos o cancelaciones repentinas que pueden desbaratar cualquier plan, con el duro impacto material y personal que afectan a las familias.
Esta fue la experiencia vivida por una residente de Almansa y su pareja. A punto de regresar a Alicante desde Ámsterdam y ya a bordo del avión, Vueling les comunica la cancelación del vuelo aduciendo problemas técnicos. Tras desembarcar y no recibir ninguna asistencia, optan por buscar un hotel donde quedarse hasta el próximo vuelo, programado para el día siguiente. Después de la primera noche en Ámsterdam, la compañía les informa que deben esperar otro día y que el destino ahora será Valencia, sin ofrecerles una conexión entre estos dos aeropuertos. Sin asistencia de Vueling durante su estadía en Ámsterdam, los afectados se ven obligados a cubrir todos los gastos generados durante esos dos días: alojamiento, comida y traslados.
Dos días después de llegar a su destino, la afectada, miembro de la OCU, presenta una reclamación directamente a la compañía, inicialmente solicitando el reembolso de los gastos incurridos debido al retraso.
Al no recibir respuesta por parte de la aerolínea, la afectada recurre a la OCU, donde se le informa que tiene derecho no solo al reembolso de los gastos, sino también a una indemnización que, en este caso y debido a la distancia entre Ámsterdam y Alicante (más de 1,500 kilómetros), asciende a 400 euros por pasajero, conforme al Reglamento Europeo 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros en casos de denegación de embarque, cancelación o retraso de vuelo.
La compañía Vueling decide entonces abonar a la afectada los gastos justificados de alojamiento y comida, junto con una indemnización de 250 euros por pasajero, una cantidad inferior a la estipulada por la ley. La OCU interviene nuevamente presentando una nueva reclamación a la que Vueling, después de más de tres meses desde la incidencia, resuelve concediendo la indemnización completa solicitada (800 euros) además de los gastos generados.
La OCU Castilla-La Mancha subraya que en retrasos superiores a las tres horas en vuelos con origen o destino en un país de la UE, se genera el derecho a reubicación, abono de gastos como alimentación y hospedaje, y también a una indemnización que varía según la distancia entre el origen y el destino.