El TSJ de Castilla-La Mancha condena al Sescam por negligencia médica tras la muerte de una bebé en Almansa. El fallo reconoce la responsabilidad patrimonial del Servicio de Salud por no haber ingresado a tiempo a la lactante, pese a signos clínicos evidentes de gravedad.
Primeramente, el órgano que sentenció en contra de la familia fue el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Albacete, que dictó la sentencia nº 267 el 1 de septiembre de 2021, desestimando íntegramente la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por los padres de la menor.
Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha les da la razón y condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) a indemnizar con 200.000 euros a los padres de la bebé fallecida en diciembre de 2018 en el Hospital de Almansa. Con fecha de febrero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estimó parcialmente el recurso presentado por la familia tras la desestimación inicial de su demanda por el Juzgado de Albacete y reconoce que existió un error en la atención sanitaria que recibió la menor, lo que contribuyó a su fallecimiento.
Hechos probados
La niña, nacida prematuramente a las 33 semanas, fue llevada hasta en cuatro ocasiones a servicios sanitarios del Sescam, contando tanto Hospital de Almansa como también centro de Salud, entre los días 13 y 16 de diciembre de 2018. En todas las ocasiones fue diagnosticada con un catarro de vías altas, recibiendo el alta con recomendaciones básicas y actuaciones . Sin embargo, el día 16 sufrió un episodio de apnea severa en su domicilio y fue trasladada de urgencia al hospital, donde finalmente falleció a las 17:55 horas por una bronquiolitis grave que derivó en una parada cardiorrespiratoria.
Desarrollo del caso
Tal y como recoge la sentencia a la que ha tenido acceso La Tinta de Almansa la bebé fue llevada por primera vez al Hospital de Almansa el 13 de diciembre de 2018 por síntomas de rechazo alimentario, vómitos, tos y congestión nasal. Los médicos consideraron que estaba en buen estado general, sin dificultad respiratoria, y la diagnosticaron con un catarro de vías altas. Le recomendaron lavados nasales y la enviaron a casa con indicaciones sobre cuándo volver a urgencias.
Dos días después, en la madrugada del 15 de diciembre, los padres volvieron al hospital preocupados porque la niña seguía vomitando, estaba somnolienta y había tenido un episodio de apnea durante una toma de biberón. En la exploración inicial, el personal de urgencias observó «frecuencia respiratoria elevada, hipotonía y subcrepitantes en el pulmón izquierdo», señales que podían apuntar a una bronquiolitis. Sin embargo, tras ser valorada por un pediatra, se la volvió a diagnosticar con catarro y fue dada de alta, recomendando solo lavados nasales y seguimiento ambulatorio.
El 16 de diciembre, la situación empeoró. Los padres llamaron al 112 porque la bebé tenía dificultades para respirar. Fue trasladada en una UVI móvil y, aunque al llegar al hospital aún tenía niveles aceptables de saturación, rápidamente su estado se deterioró. Sufrió una parada cardiorrespiratoria que no pudo revertirse a pesar de 60 minutos de maniobras de reanimación, y falleció esa misma tarde. Tenía dos meses y medio.
Condena al SESCAM por la muerte de una bebé en Almansa
La sentencia, dictada el 10 de febrero de 2025, pone el foco en la atención médica recibida el 15 de diciembre. A pesar de que una exploración recogía datos como hipotonía, subcrepitantes pulmonares y episodios de apnea —todos ellos signos indicativos de una posible bronquiolitis en un lactante prematuro— no se procedió a su ingreso hospitalario ni a una vigilancia más intensa. La Sala considera probado que existían suficientes indicadores clínicos como para haber tomado esas medidas.
Además, subraya la importancia del criterio de prudencia en estos casos, especialmente por los antecedentes de prematuridad de la paciente. La ausencia de una necropsia, que podría haber aclarado las causas exactas de la muerte, no fue óbice para que el tribunal reconociera el nexo de causalidad entre la actuación médica y el fatal desenlace.
La resolución condena al Sescam y a su aseguradora, SegurCaixa Adeslas, a indemnizar a los progenitores con 100.000 euros a cada uno, más intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa.
Este periódico ha podido conocer las sensaciones de la familia, que reconocen estar pasando «días duros». Con todo ello consideran que se ha hecho justicia con el caso y que se debe dar a conocer su historia. A pesar de todo ello, aseguran: «Ninguna sentencia nos va a devolver a nuestra hija».