Almansa ha vuelto al Nivel 3 de restricciones por el aumento de contagios por coronavirus. La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, a través de la Delegación provincial de Sanidad en Albacete, ha decretado medidas de contención Nivel 3 en Almansa por un periodo de 10 días desde hoy, ante la evolución de los casos en las últimas semanas epidemiológicas. También se suman a este nivel las localidades de El Bonillo y Villarrobledo. La decisión llega tras prorrogar las misma medidas en Albacete capital y adoptarlas en otros municipios vecinos.
Durante la semana epidemiológica número 53 (del 28 de diciembre de 2020 al 3 de enero de 2021), en el municipio de Almansa se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de 24 casos de COVID-19. Esto supone una tasa de incidencia semanal de 98,3 casos por 100.000 habitantes.
Durante la semana epidemiológica número 1 (del 4 al 10 de enero de 2021), en el municipio de Almansa se declararon un total de 52 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 219,9 casos por 100.000 habitantes.
Así pues, entre las semanas epidemiológicas 53 y 1 se han declarado en el municipio de Almansa un total de 76 casos de COVID-19. Esto se traduce en una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 311,2 casos por 100.000 habitantes.
Las cifras corroboran «una tendencia ascendente muy acusada de la semana 53 a la semana 1 en un escenario de elevada incidencia», según el informe elaborado por Sanidad.
La tasa de incidencia acumulada en la semana 1 (219,9 casos por 100.000 habitantes), la tasa de incidencia acumulada en los 14 días (311,2 casos por 100.000 habitantes), el elevado número de casos registrados en la semana 1 (52 casos) y la razón de tasas entre las semanas 1 y 53 (+117%), se sitúan por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha.
Estos indicadores ponen de manifiesto, según la Consejería, que el municipio de Almansa se encuentra en «un escenario de transmisión comunitaria», lo que exige se adopten medidas de Nivel 3, complementarias de las medidas generales aplicadas en todos los municipios de Castilla-La Mancha. Se mantendrá, así mismo, «una estrecha vigilancia y seguimiento de los indicadores y de la aplicación de las medidas propuestas», señala Sanidad.
¿Cuáles son las medidas de Nivel 3?
Locales de ocio
Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Se suspende la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como en establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas en los que pueda existir servicio de hostelería asociado a su actividad.
Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible, como servicios de hostelería de hospitales y clínicas para uso de usuarios y profesionales, servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos o en lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados. Para estos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Ocupación máxima de 6 personas por mesa o agrupación de mesas. El cierre de bares, pubs, cafeterías, establecimientos de restauración y similares se efectuará a las 23:00 horas.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 60 personas en espacio abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.
En establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 30 por ciento del establecido.
Centros sociosanitarios
Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores. Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida.
No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor), y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.
En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad o menores estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con la Covid-19. Los responsables del centro deberán valorar la necesidad o conveniencia de que estas salidas se realicen acompañados por un profesional del centro.
Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.
Actividades religiosas
Velatorios y ceremonias: un máximo de 6 personas. Eventos sociales, como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas.
Consumo de alcohol
Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes. El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.
Medidas complementarias
Espectáculos u otros eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ningún caso se podrá autorizar el traslado de estos eventos a otras localidades que se encuentren en un nivel inferior de medidas de restricción. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.
Las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a 6 personas. Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del habitual.
Cines, teatros y auditorios: cierre cautelar. Bibliotecas y museos: cierre cautelar. Congresos, seminarios, y actividades de índole similar: se podrán celebrar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas.
Hoteles: sólo podrán contratar el 50 por ciento de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 25 por ciento.
Instalaciones deportivas de cualquier titularidad: el aforo máximo será del 20 por ciento en espacios interiores y del 50 por ciento en espacios exteriores. Piscinas municipales y otras instalaciones recreativas: cierre de este tipo de instalaciones de uso público, independientemente de su titularidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad.
Mercadillos y mercados al aire libre: mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
Parques, jardines y espacios públicos de características similares: cierre cautelar durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas. Durante su apertura se supervisará el mantenimiento de las medidas de prevención y protección individual adecuadas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán su aforo a un tercio del máximo.
Autobuses urbanos y taxis: se limitará al 50 por ciento la ocupación de autobuses urbanos y taxis. Se procurará aumentar la frecuencia de los horarios de autobuses para evitar aglomeraciones.
Grupos
Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia estable. Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
Duración
Estas medidas se aplicarán durante 10 días a partir de su publicación, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad. Si las circunstancias epidemiológicas y la evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se adoptarían medidas complementarias a las establecidas.
Redacción / JCCM
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