En la pasada madrugada del viernes al sábado 3 de septiembre, un hombre se masturbó frente a una mujer sintecho sin su consentimiento en Almansa. El suceso tuvo lugar en el pasaje del Coronel Arteaga sobre las 4:00 horas de la madrugada, según informan a este diario testigos presenciales.
El exhibicionista, lampiño, de estatura alta y de entre 30 y 40 años de edad, según apuntan las mismas fuentes consultadas, se hallaba totalmente desnudo, solo vestía un calcetín, y se estaba masturbando bajo los arcos de la Antigua Lonja o Ayuntamiento Viejo de Almansa mientras profería soeces a la mujer, la cual intentaba dormir en uno de los bancos.
La víctima pidió a los testigos del hecho que llamaran a la policía. Varios de ellos dieron el aviso a las fuerzas de seguridad. Al lugar del suceso se personaron efectivos de Policía Local y Guardia Civil.
Cuando el supuesto exhibicionista se percató de la posible llegada de los agentes, éste abandonó la zona comenzó a vestirse mientras caminaba dirección a la calle Aniceto Coloma para finalmente acabar siendo identificado y cuestionado por los agentes locales en la esquina con Duque de la Victoria. El varón negó los hechos. Los agentes de ambos cuerpos también atendieron y escucharon la versión de los testigos presentes.
Por otra parte, la mujer agredida no quiso presentar denuncia penal. Según la versión que trasladan a este diario los testigos de lo sucedido, la mujer no denunció por miedo a represalias.
Los cuerpos de seguridad, tanto por parte de la Policía Local como de la Guardia Civil, han denunciado al hombre, que finalmente resultó ser de la localidad de Elda. Por el momento no se ha interpuesto ninguna denuncia penal, como decimos, ni por parte de los testigos, ni por parte de la víctima.
El Código Penal establece que la situación descrita no es constitutiva de delito ya que no se ajusta a lo expuesto en el artículo 185: «El que ejecutare o hiciere ejecutar a otra persona actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses».
Al no intervenir en el suceso ningún menor de edad o persona con discapacidad necesitada de especial atención, este suceso, una vez demostrado, acarrearía una sanción por infracción leve. La Ley Orgánica 4/2015 del 3o de marzo establece en su artículo número 37.5 lo siguiente: «Son infracciones leves […] La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena, cuando no constituya infracción penal». Por lo que el presunto autor del exhibicionismo perpetrado contra una mujer sintecho en Almansa se enfrenta a una sanción económica que podría oscilar entre los 100€ y los 600€.
Por otro lado, el Código Penal define el delito de abuso sexual en su artículo 181.1: «El que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses». En el siguiente punto se especifica: «A los efectos del apartado anterior, se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare».
Actualización: A falta de su entrada en vigor, la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, popularmente conocida como ley de «Solo sí es sí», incluye el exhibicionismo como un delito de violencia sexual, independientemente de la edad de la víctima. Esta ley fue aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 25 de agosto de 2022.