Condenado un vecino nacido en Almansa, en 1973, por matar a su hermano y a otra persona que era miembro de «una familia rival» a 38 años y seis meses de cárcel. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete considera al acusado, con nombre bajo las iniciales J.F.F., culpable de cuatro delitos perpetrados en el barrio de Las Seiscientas de Albacete, el 21 de julio de 2023. Foto: Europa Press
La sentencia dictada tras el veredicto del jurado popular, emitido el 3 de junio, condena a J.F.F. a 13 años de prisión por el homicidio de su propio hermano, A.F.F., que recibió un disparó por arma de fuego en medio de una pelea. Según el escrito, el tribunal considera el fratricidio como un hecho «revelador de la labilidad y desprecio a la vida de cualquier persona, incluido un familiar».
Nacido en Almansa, condenado a cárcel en Albacete
Además, el tribunal impone al acusado la pena máxima de 18 años de prisión por el asesinato de A.F.G., alias «Copito», a quien remató con un disparo en la cabeza cuando ya estaba malherido en el suelo. La sentencia de la Audiencia Provincial excluye el mínimo legal (15 años) debido a la indefensión o alevosía apreciada en el hecho de que la víctima estuviese en el suelo cuando consumó el asesinato con el arma.
A esto se suma otra condena de 7 años por el intento de homicidio contra J.F.S., de la familia rival y padre del fallecido. La sentencia subraya el «desequilibrio en la lucha», dado que el condenado de Almansa fue el único que utilizó un arma de fuego en la pelea. Por último, por el delito de tenencia ilícita de armas se le han impuesto seis meses de prisión.
Según el relato de hechos probados, J.F.F. acudió armado con una pistola y acompañado de varios familiares a la vivienda de una familia rival, en la calle San Justo del barrio de Las Seiscientas de Albacete, con la que habían tenido un altercado previo. Allí se desató una reyerta entre ambos grupos, durante la cual el acusado efectuó varios disparos con su arma, que impactaron en su hermano y en dos personas más.
El tiroteo finalizó cuando el arma se encasquilló, momento que J.F.S. aprovechó para desarmarlo. J.F.F. huyó del lugar, recogiendo la pistola, que nunca fue recuperada. La versión de la defensa —que sostenía que el arma fue desenfundada por un miembro de la familia contraria y que, tras un forcejeo, acabó en manos del acusado— fue desestimada por el jurado popular, basándose en pruebas periciales, testigos presenciales y conversaciones telefónicas intervenidas por la Policía.
Durante las jornadas que duró el juicio, la mujer del acusado, presente en la contienda sostuvo que no vio disparar a su marido. Según su testimonio, fue «Copito» quien disparó dos veces el arma hasta que se encasquilló. Por su parte, la acusación particular sacó a colación una llamada telefónica intervenida por la policía que tuvo la mujer del acusado con un sobrino suyo, durante la cual ella misma reconocía que para comerse «otra muerte» mejor que se la comiera «otro».
En otra conversación mostrada durante el juicio por la acusación particular, se escucha a la mujer del acusado hablando con su hija sobre las amenazas que está sufriendo su familia en represalia por lo ocurrido. Durante esa llamada, se escucha a una hija que comprende la sed de venganza de la familia rival. Además, también se expuso otra conversación intervenida entre la mujer del acusado y su cuñado, donde éste le insiste en que «le quite una muerte» a su marido cuando vuelva a declarar.
Finalmente, el jurado descartó por completo la versión de la defensa y, según su veredicto, el acusado disparó cinco veces y alcanzó a su hermano en cuatro ocasiones, a una distancia de entre uno y tres metros, lo que evidencia (a juicio del jurado) una voluntad clara de causar la muerte.
Además de la pena de prisión, J.F.F. deberá pagar una indemnización de 300.000 euros a los familiares de las víctimas y cumplir una orden de alejamiento y prohibición de comunicación durante 15 años respecto a ellos.