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20/04/2024
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Investigan a un kamikaze que conducía en sentido contrario y cuadriplicando la tasa de alcohol en la A-31

Para el delito de conducción temeraria, el Código Penal prevé penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años
guardia civil tráfico albacete

Efectivos del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete han investigado a un vecino de la provincia de Cuenca, de 36 años de edad, como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, uno por conducir un vehículo a motor de manera manifiestamente temeraria, poniendo en concreto peligro la vida o la integridad física de las personas y otro por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas.

Cuando efectivos de la Guardia Civil de Tráfico de Albacete prestaban servicio de vigilancia de carreteras por la autovía A-31 (Albacete-Alicante), fueron alertados por la Central Operativa de Tráfico (COTA), para que localizasen e interceptasen al conductor de un vehículo que circulaba en sentido contrario por la referida autovía, dentro del término municipal de La Roda, circulando hacía Albacete por los carriles habilitados en dirección a Madrid.

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Tras recorrer dicha autovía, una de las patrullas de Benemérita alertadas observó como un vehículo circulaba en sentido contrario, haciendo su conductor caso omiso a las indicaciones de detenerse realizadas mediante los sistemas ópticos y acústicos del vehículo oficial, además de avisos emitidos a través de la megafonía.

Finalmente y dentro del término municipal de Albacete, una patrulla del Cuerpo Nacional de Policía de la Comisaría albaceteña, alertada por la conducción temeraria del conductor, consiguió la parada del vehículo que venía seguido por la patrulla de la Guardia Civil de Tráfico.

Una vez retirado de la vía el vehículo, y tras la identificación de su conductor, los agentes del Cuerpo apreciaron síntomas evidentes de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas, circunstancia que pudo ser corroborada al ser sometido a la prueba de determinación alcohólica, arrojando un resultado positivo de 1,02 mg/l de alcohol en aire espirado, cuadruplicando la máxima de alcohol permitida para los conductores de este tipo de vehículos, establecida en 0,25 mg/l.

Delitos contra la seguridad y penas de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores.

Para el delito de conducción temeraria, el Código Penal prevé penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años.

Para el de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, ese mismo texto legal prevé la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Diligencias instruidas

A raíz de dicha actuación, componentes del Grupo de Atestados del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Albacete confeccionaron las pertinentes diligencias que fueron entregadas en el Juzgado de Instrucción Nº TRES de Albacete, en funciones de guardia.

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